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ASAJA CLM se pone a disposición de sus afiliados para tramitar la devolución del céntimo sanitario

Viernes, 28 de marzo de 2014

La Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA) de Castilla-La Mancha pone a disposición de sus socios los servicios técnicos y jurídicos de las distintas oficinas para la tramitación de las devoluciones del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos IVMSH, o lo que es lo mismo, el céntimo sanitario, después de pronunciarse el Tribunal Supremo y determinar que dicho impuesto es contrario a la normativa europea.

La sentencia del Tribunal da la posibilidad de reclamar la devolución del céntimo sanitario. Así pues, a través del modelo normalizado de solicitudes diseñado por la Agencia Tributaria, ASAJA de Castilla-La Mancha ha comenzado a tramitar las devoluciones de los agricultores que han soportado la repercusión del impuesto. A través de esta vía, la ordinaria, se puede solicitar la devolución del combustible entre los años 2010 y 2012.

Para poder realizar las reclamaciones, en el documento utilizado (factura o documento equivalente) debe figurar el importe repercutido por IVMDH, o la mención de que el IVMDH se encuentra incluido en el precio cuando esta simplificación hubiera sido previamente autorizada por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

En el caso del gasóleo agrícola la devolución correspondiente es de 8 euros por cada 1.000 litros para los años 2010, 2011 y hasta mediados de 2012 y 10 para el segundo semestre de 2012.

Hay que recordar que para instar la devolución de ingresos indebidos a través del procedimiento de rectificación de autoliquidaciones no hay un plazo limitado. No obstante, según la Ley General Tributaria (artículo 126.2 RGAT), en el plazo de cuatro años prescribe, por lo que ASAJA de Castilla-La Mancha insta a sus afiliados afectados a que acudan cuanto antes a sus oficinas más cercanas para tramitar la solicitud de devolución del céntimo sanitario.

Por último, para la solicitud de años anteriores, desde el 2006 (fecha en la que comenzó a aplicarse en Castilla-La Mancha), se debe realizar a través de una acción de responsabilidad patrimonial del Estado, que implica un proceso judicial.  


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